Si estás pensando montar un negocio por tu cuenta, seguro que se trata de una de las decisiones más importantes de tu vida. Y como es de esperar, te asaltarán muchas dudas sobre los pasos a seguir para darse de alta como autónomo (correctamente).
Pues bien, si no sabes por dónde empezar, en esta guía te enseñamos los pasos necesarios para que te lances con toda seguridad a este apasionante mundo de ser autónomo.
¿Qué tengo que hacer para darme de alta como Autónomo?
El proceso de alta cómo autónomo consiste en 4 pasos:
1. Darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos – Seguridad Social-.
Es un trámite sencillo mediante el cual informas a la Seguridad Social que te das de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
Básicamente consiste en la presentación del modelo TA.0521 de manera presencial en algunas de las delegaciones de la Seguridad Social o de forma telemática mediante certificado digital o clave.
Existen diferentes versiones de este modelo en función del tipo de autónomo de que se trate, por lo que a la hora de presentar el alta, debes saber con claridad cuál es el tuyo.
Los distintos modelos que existen, se encuentran publicados en la página de la Seguridad Social. A continuación, vamos a mencionarlos, aunque lo habitual es rellenar el TA. 0521-1- Solicitud simplificada.
- TA.0521-1 – Solicitud simplificada
- TA.0521-2 – Familiar colaborador del titular de la explotación
- TA.0521-3 – Religioso de la Iglesia Católica
- TA.0521-4 – Socios de cooperativas de trabajo asociado
- TA.0521-5 – Socios, familiares de socios o miembros de órganos de administración de sociedades mercantiles capitalistas.
- TA.0521-6 – Socios de comunidades de bienes, sociedades civiles, colectivas o comanditarias.
- TA.0521-7– Solicitud Trabajadores por cuenta propia Agrarios
- TA.0521-7– Solicitud Trabajadores autónomos económicamente dependientes
- TA.0521 – Hoja Adicional. Declaración de inicio o cese de actividades del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por cuenta propia o autónomos.
- En el momento de inscribirnos deberemos hacer constar en el formulario:
- Los datos personales
- Base de cotización
La base de cotización determina la cuota mensual que pagarás a la Seguridad Social.
En este punto es muy importante que elijas bien la base de cotización ya que esto influirá en las prestaciones que recibas por jubilación o cese de actividad, por incapacidad temporal o baja de maternidad/ paternidad.
Es importante que sepas que con la nueva ley de autónomos de 2017, podrás modificar la base de cotización hasta cuatro veces al año.
- Elegir la mutua como autónomo
Una vez seleccionada la base de cotización, deberemos de hacer constar la mutua a la que nos acogemos para cubrir:
- La incapacidad temporal
- Las contingencias profesionales
- Cese de actividad y medidas de formación, orientación profesional y promoción de la actividad emprendedora,
Todas ellas son obligatorias excepto la cobertura de la prestación económica por incapacidad temporal que será voluntario para:
- Los autónomos que trabajen como asalariados para otra empresa que ya tengan cubierta la prestación en otro régimen de la Seguridad Social. Esto es, para los autónomos en situación de pluriactividad.
- Para los trabajadores incluidos en el Sistema Especial para trabajadores por Cuenta Propia Agrarios. Para ellos también tendrá carácter opcional, la cobertura por cese de actividad.
2. Darse de alta en hacienda
Es el trámite con el que le comunicas a Hacienda, bien personándote en la Agencia Tributaria o de forma telemática con certificado electrónico, que vas a comenzar tu actividad como autónomo. Para ello, debes darte de alta en el Censo de empresarios a través de los modelos 036 y 037.
Se puede optar por cualquiera de estos dos modelos para presentar la declaración censal, pero habitualmente se hace a través del modelo 037, que es la versión simplificada del 036, por lo que si se reúnen los requisitos para tramitarlo, desde Consulting Asesores nos gusta aconsejarlo, ya que es más sencillo y rápido de cumplimentar.
REQUISITOS PARA PRESENTAR EL MODELO 037
- Estar en posesión de NIF o NIE.
- Ser residente en España.
- El domicilio fiscal debe ser el mismo que el de la gestión administrativa.
- No actuar por medio de representante, sino por cuenta
- No estar constituido como una empresa.
- No formar parte de los regímenes especiales de IVA, con excepción del Régimen simplificado, el de recargo de equivalencia, el de la agricultura ganadería y pesca o el de criterio de caja.
- No estar inscrito en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI).
- No estar inscrito en el registro de devolución mensual de IVA.
- No hacer adquisiciones intracomunitarias que no estén sujetas a IVA.
- No satisfacer rendimientos de capital mobiliario.
- No realizar ventas a distancia.
- No ser sujeto pasivo de Impuestos Especiales ni del Impuesto sobre Primas de Seguros.
- En ambos modelos debes de indicar:
- Tus datos personales o identificativos
- Definir las características de la actividad que vas a desarrollar y elegir el epígrafe de Impuesto de Actividades Económicas correspondiente al (CNAE) que has señalado en la Seguridad Social
Lo habitual es que estés exento de pagar el Impuesto de Actividades económicas (IAE), ya que deberás de facturar más de un millón de euros anuales para estarlo. En el caso de no estarlo, deberás presentar el modelo 840/848.
En ningún caso tendrán que pagar este impuesto las personas físicas, solo las personas jurídicas o entidades cuando se cumpla la anterior condición.
Aunque estés exento de pagar el impuesto, es muy importante que sepas escoger el epígrafe del IAE en el que se va a situar la actividad, ya según el epígrafe que escojas, cambiarán tus obligaciones tributarias:
- Si tienes la obligación de facturar con o sin IVA, con o sin IRPF
- Las declaraciones trimestrales que tienes que presentar: declaración trimestral del IVA, declaración trimestral del IRPF
No te preocupes si más adelante necesitas cambiar el IAE, puedes hacerlo presentando de nuevo el modelo 037.
- Los impuestos a pagar.
3. Comunicar la apertura del centro de trabajo.
Una vez inscritos, si vas a tener trabajadores a tu cargo, deberás de ponerlo en conocimiento de la Consejería de trabajo de tu Comunidad Autónoma la apertura del centro de trabajo. Y evidentemente, deberás darlos de alta en la Seguridad Social.
4. Solicitar la licencia de apertura
Este trámite solo se realiza si necesitas abrir un local o establecimiento para llevar a cabo tu actividad.
De ser así, la licencia la debes obtener en el ayuntamiento donde esté ubicado el local o establecimiento, así como la licencia de obras si necesitas realizar obras o mejoras en el mismo.
El coste de la licencia de apertura, dependerá de varios factores como: la relevancia comercial de la calle, el tamaño del local y el tipo de actividad.
¡Y esto ha sido todo! Cómo podrás comprobar darse de alta como autónomo es relativamente sencillo, aunque en ocasiones puede resultar laborioso.
Si necesitas que nuestros asesores te acompañen a dar este gran paso, en Constulting asesores estaremos encantados de ayudarte en todo lo que necesites y cuando lo necesites.
¡Mucha suerte en la aventura que comienzas!
¿El plazo para comunicar la fecha de alta está sujeto a unos tiempos?
Desde 2018 debes comunicar el alta como autónomo en Seguridad Social con carácter previo al inicio de la actividad.
Una vez inscritos en la Seguridad Social se dispone de un plazo de hasta 60 días para acudir a una sede de la Agencia Tributaria y darse de alta en el Censo de Empresarios.
Por tanto, el alta en Seguridad Social debe ser previo o coincidir con el Alta en Hacienda. Para evitar problemas recomendamos darse de alta en Hacienda y en Seguridad Social al mismo tiempo, ya que si te das de alta primero en Hacienda no tendrás opción a cotizar por los días efectivos trabajados y tendrás que pagar la cuota del mes completo.
Pero no sólo esto, también perderías el derecho a cualquier bonificación, como es la tarifa plana de autónomos, o a cualquier reducción a la que pudieras tener derecho siempre que cumplas los requisitos.
Una vez aclarado este aspecto pasemos a profundizar en cómo tramitar el alta de autónomo correctamente.